La unidad económica como instituto de gestión territorial.

Análisis de experiencias hacia una futura reglamentación.

Autores/as

  • Mauricio Pinto Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Agrarias. Argentina https://orcid.org/0000-0001-8281-5286
  • Mauricio Buccheri Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Agrarias. Instituto Nacional del Agua. Subgerencia Centro Regional Andino. Argentina https://orcid.org/0009-0008-9956-1364
  • David Martín Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Agrarias. Argentina

DOI:

https://doi.org/10.48162/rev.55.058

Palabras clave:

gestión hídrica, derechos de agua, impuesto predial, explotación agrícola, ordenamiento territorial

Resumen

La Unidad Económica es un concepto que se utiliza para evaluar la viabilidad económica de una explotación agrícola, considerando factores como la extensión de tierra necesaria, los costos de producción, la rentabilidad y la eficiencia operativa.
La Ley N° 8051 de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo, de la Provincia de Mendoza, estableció que el Plan de Ordenamiento Territorial debía reglamentar y elaborar las normas referidas a la implementación de la Unidad Económica de acuerdo a las previsiones de la legislación civil sobre cosa divisible y el límite de división cuando ésta es antieconómica.
A partir del análisis de la casuística de las regulaciones vinculadas al uso del agua y los tributos inmobiliarios, complementado con el procesamiento de datos de fuentes censales, se analiza la actual implementación de la unidad económica en Mendoza, observando las inconsistencias y tensiones normativas existentes, y la necesidad de implementar reglamentariamente una metodología que disminuya las falencias observadas.

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Publicado

05-07-2024

Cómo citar

Pinto, M., Buccheri, M., & Martín, D. (2024). La unidad económica como instituto de gestión territorial.: Análisis de experiencias hacia una futura reglamentación. Proyección. Estudios Geográficos Y De Ordenamiento Territorial, 18(35), 170–187. https://doi.org/10.48162/rev.55.058