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Código de ética
El presente código reconoce públicamente el compromiso ético de todas las partes involucradas en el proceso de elaboración intelectual de Estudios Sociales Contemporáneos, esto es, los autores/as, los pares evaluadores/as y la propia institución, representada por el Editor Responsable y el Consejo Editorial.
Este código fue elaborado con base en las recomendaciones del Committee on Publication Ethics (COPE), reconocido internacionalmente.
Deberes de los autores y autoras
- Acceso a los datos. Los autores deben estar dispuestos a ofrecer acceso público a los datos originales de su trabajo de investigación. Deben asimismo estar preparados para permitir el acceso a tales datos incluso luego de haber sido publicado el manuscrito.
- Originalidad y Plagio. El envío de un manuscrito para su publicación supone que el mismo es completamente original y el autor declara bajo juramento este carácter en la “carta de exigencia de originalidad y cesión de derechos de difusión”. Las citas textuales de partes de obras que pertenecen a otros autores deben ser explícitamente reconocidas en el texto a través del mecanismo correspondiente de cita de la bibliografía. Representa una grave inmoralidad intelectual la reproducción de obras ajenas presentadas como propias y será considerada como plagio.
- Publicaciones duplicadas. En general, el autor no debe enviar manuscritos que traten esencialmente del mismo tema y con el mismo enfoque a más de una revista o publicación similar. El envío de un mismo manuscrito a más de una revista constituye una práctica deshonesta y es, por ende, inaceptable.
- Reconocimiento de fuentes de información. En todos los casos el autor debe reconocer explícitamente el trabajo de otros y citar las publicaciones que por su naturaleza han sido influyentes en el trabajo realizado.
- Autoría del manuscrito. La autoría se limita a aquellos que han contribuido de manera sustancial en la proyección, esbozo, realización o interpretación de la investigación. Quienes han contribuido de esta manera deben ser listados como co-autores. También debe ser reconocida la colaboración de otros individuos que han contribuido de otra manera.
- Uno de los autores debe encargarse de la comunicación con la revista. Este debe asegurarse de que todos los co-autores han sido incluidos en el documento "información del (los) autor(es)", también debe asegurarse de que ningún individuo inapropiado se presente como co-autor. Finalmente, debe asegurarse de que todos los co-autores están de acuerdo con la publicación del manuscrito en su versión final.
- Reconocimiento de fuentes de financiamiento. Las fuentes de financiamiento de la investigación de la que da cuenta el artículo deben ser reconocidas.
- Conflicto de intereses. Los autores también deben explicitar cualquier otra fuente de financiamiento personal que pueda intervenir en la interpretación de los datos o en la discusión del manuscrito. Todas las fuentes de financiamiento del proyecto deben ser nombradas.
- Errores importantes en los manuscritos. Cuando un autor descubre un error grave en un trabajo propio, es su obligación notificar al editor a la brevedad, así como ayudar al editor para la rectificación del error cometido.
Deberes de los evaluadores y evaluadoras
- El proceso de arbitraje consiste en ayudar al Equipo Editorial al momento de tomar decisiones, así como también ayudar a los autores para mejorar la calidad de sus manuscritos. Todo árbitro que no se sienta calificado para revisar el manuscrito asignado o que se sienta incapaz de ofrecer una revisión en tiempo y forma del manuscrito debe notificar esto al editor y excusarse del proceso de revisión y arbitraje. El tiempo asignado al evaluador es de 20 días corridos desde la recepción del documento a evaluar y el formulario de evaluación.
- La información e ideas obtenidas por el privilegio de arbitrar el manuscrito deben ser mantenidas en confidencialidad y no ser utilizadas para provecho personal.
- Pautas de objetividad. Los arbitrajes deben ser llevados a cabo de manera objetiva e imparcial. No deben contener críticas personales a los autores. Los árbitros deben expresar de manera clara sus opiniones, comentarios u observaciones pertinentes al manuscrito, así como explicitar sus fundamentos.
- Reconocimiento de fuentes. Los árbitros están a cargo de identificar obras relevantes sobre el tema que no hayan sido citadas por los autores. Cualquier afirmación que haya sido constatada en una publicación u obra anterior debe estar acompañada por su cita correspondiente. El árbitro también debe anunciar al editor si el manuscrito tiene similitudes medulares con otras obras de las que tenga conocimiento.
- Conflicto de interés. Los árbitros no deben arbitrar manuscritos en los que interfieren conflictos de interés que resulten de relaciones de competencia o coautoría o por ningún otro tipo de relación con los autores o instituciones relacionadas con los manuscritos.
Deberes del editor
- Decisión sobre la publicación de artículos. La Institución Editora es responsable del proceso de decisión sobre cuáles de los manuscritos enviados a la revista serán publicados. Para ello se guiará por las normas de publicación de la revista y deberá consultar a los miembros del Consejo Editorial al momento de tomar esta decisión. Los manuscritos serán evaluados únicamente por su mérito intelectual y originalidad sin importar la raza, sexo, orientación sexual, creencia religiosa, grupo étnico, ciudadanía, pertenencia institucional o filiación política del autor.
- Ni el Editor Responsable ni ningún otro miembro del Cuerpo Editorial deben proveer información sobre los manuscritos recibidos a otros individuos o instituciones que no sean el autor o autores correspondientes, árbitros, potenciales árbitros, otros miembros del Cuerpo Editorial o la propia institución.
- Conflictos de interés. Durante el proceso de publicación, la información que contiene el manuscrito inédito no debe ser utilizada para ningún fin por nadie que tenga acceso al manuscrito, a menos que cuente con un permiso manifiesto del autor.
- El Editor Responsable, apoyado por el Comité de Redacción, debe aplicar herramientas de software gratuitas para la detección de plagios previo al envío de los manuscritos a la revisión de los árbitros. La herramienta usada es Viper Plagiarism Checker, que ofrece un método rápido y eficiente de detección de plagios.